¿Necesitas constituir una empresa o terminarla rapidamente? A través del portal de Empresa en un día puedes realizar todos estos trámites rápidamente. En Clark & Cia. Abogados dejamos algunas preguntas frecuentes que nos hacen nuestros clientes.

¿Qué es el Registro de Empresa en un día?

Es un Registro creado por la Ley 20.659, en el cual las empresas que deseen acogerse a un regimen simplificado a efectos de poder ser constituidas o migradas, modificadas, transformadas, fusionadas, divididas, terminadas o disueltas.

Quienes pueden usar el sistema de Empresa en un día

Chilenos y extranjeros mayores de 18 años. Es preciso contar con RUT (al menos provisorio o de inversionista).

Asimismo, mujeres mayores de 12 y hombres mayores de 14, pero menores de 18 años, pueden ser socios, pero con autorizacion judicial. Pueden tambien constituir empresas, otras personas juridicas.

Tipos societarios que acepta el sistema

Son los siguientes:

  • Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL)
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (TDA)
  • Sociedad por Acciones (SpA)
  • Sociedad Anónima cerrada (SA).
  • Sociedades Anónimas de Garantía Recíproca (SAGR).
  • Sociedades Colectivas Comerciales (SCC).
  • Sociedades en Comandita Simple (ECS).
  • Sociedades en Comandita por Acciones (SCPA)

¿Dónde se hacen estos trámites?

Se hacen todas en la siguiente web.

¿Surte el mismo efecto que constituirse por la forma tradicional?

. Producen los mismos efectos legales.

¿Suponen algún costo estos trámites?

La respuesta es que sí. Pero estos dicen relación con los costos de firmas notariales o FEA (firma electronica avanzada) y la eventual inclusión en los registros de accionistas. Pero las actuaciones en el Registro, no tienen costo.

¿Pueden los extranjeros constituir empresas, via el sistema de “empresa en un dia”?

Si, es posible. Revisa este articulo

¿Puedo mudar la empresa constituida ante el Registro de Comercio al sistema de Empresa en un día?

Si, mediante la migracion respectiva. Se puede acudir ante el CBR respectivo para solicitar un certificado de migracion y efectuar los cambios respectivos.

La Ley 21.366

La Ley 21.366 introdujo algunas modificaciones a este sistema:

  1. Crea un Registro de Accionistas: Que lleva este registro, respecto de aquellas sociedades que sean constituidas bajo este sistema, es decir, Sociedades por Acciones y Sociedades Anonimas.
  2. Crea un Registro de Poderes: Que es llevado por este registro, en el que se incorporan los poderes, mandatos, delegaciones y revocaciones de estos, a proposito de las sociedades que se constituyen bajo este sistema.
  3. Se simplifica el sistema de compra de acciones: Se permite de forma directa la suscripcion y compra/venta de acciones, el que una vez luego de realizado, se incorpora al Registro de Accionistas.
  4. Se hacen más expeditos los trámites de constitución, modificación, transformació, disolucion y liquidación de sociedades: A proposito de acuerdos que requieran levantar acta de junta de accionistas no se requerirá que las juntas sean celebradas ante notario ni que las actas sean reducidas a escritura pública o protocolizadas, si la totalidad de los accionistas, y también los socios gestores en el caso de las sociedades en comandita por acciones, suscriben el formulario respectivo.

Que beneficios importa este sistema

  1. Realizar otros tramites: La plataforma permite realizar en el mismo portal, i) iniciar actividades ante el SII; ii) Registrarse ante la Inspección del Trabajo e ISP; iii) Solicitar apertura de cuenta bancaria ante Banco Estado; iv) inscribirse como proveedor del Estado; v) Inscribirse en el Registro Nacional de Pymes.
  2. Ahorro de costos y tiempo: No hay que invertir en demasia en abogados, Notarios, Conservadores, Diarios y firmas. Asimismo, no hay que perder mayor tiempo, pudiendo todo hacerse desde un PC con conexion a Internet.
  3. Se simplifica el acceso Tributario.

Desventajas del sistema

  1. Las cláusulas tipo dificultan amoldar sitiuaciones juridicas especiales.
  2. Poca flexibilidad para efectuar cambios
  3. No es posible efectuar aporte de inmuebles
  4. Dificultad de operacion ante Bancos e Instituciones Financieras.

Si necesitas que te ayudemos, en Clark & Cia. Abogados podemos ayudarte!