EIRL. La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada: Lo que debes saber

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Si te interesa constituir una EIRL (Empresa Individual de Responsabilidad Limitada), este artículo puede servirte para enterarte de sus ventajas, constitución y su relación respecto de otros tipos societarios que existen en nuestra legislación.

¿Qué es una EIRL?

Las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) son personas jurídicas, formada por un patrimonio propio y diferente al del empresario (como persona natural), que realizan actividades netamente de giro comercial. Su normativa esta sometida a la Ley 19.857, el Código de Comercio, y pueden realizar todo tipo de actividades, salvo aquellas designadas por Ley (Ej. Un Banco)

En la praxis, se usa para separar patrimonios por el ejercicio de una actividad comercial, a fin de no mezclar el patrimonio personal con aquel propio la empresa. Asimismo permite al empresario, tomar el control de las decisiones del negocio.

Características de la EIRL

Estas son:

  1. Para efectos de nombre: Debe indicar nombre y apellido del empresario, pudiendo indicar un nombre de fantasia, seguido del giro del negocio y finalizando con la frase “empresa individual de responsabilidad limitada” o bien la sigla “EIRL”.
  2. Deben constituirse siguiendo la normativa vigente: Ya sea por Escritura Pública y su extracto publicado en el D.O, e inscrita ante el Registro de Comercio; o bien mediante el sistema de “Empresa en un día”
  3. En cuanto a su duración: Puede ser a plazo fijo, o bien indefinido
  4. En cuanto a su objeto: Este es siempre comercial, pudiendo contraer derechos y obligaciones de manera independiente al titular.
  5. Puede transformarse en cualquier otro tipo societario: A posteriori, como por ejemplo, una Sociedad de Responsabilidad Limitada, una SpA, etc.
  6. En cuanto a la administración: Esta corresponde a su propietario, sin perjuicio de que pueda designarse gerentes o mandatarios. Por su parte, el propietario de la EIRL responde con su patrimonio y sólo con los aportes efectuados o que se haya comprometido a incorporar. Por su parte, la empresa responde por sus obligaciones generadas en el ejercicio de su actividad con todos sus bienes.
  7. Respecto de sus causales de termino: Destacan la voluntad del empresario, el término de su duración o muerte del titular.
  8. En caso de fallecimiento del empresario: Los herederos pueden continuar con el giro, bajo ciertos supuestos

Menciones de la escritura de constitución de la EIRL. Modificación de estatutos.

Esta debe contener, de conformidad al art. 4 de la Ley 19.857:

  1. El nombre, apellidos, nacionalidad, estado civil, edad y domicilio del constituyente;
  2. El nombre de la empresa, que contendrá, al menos, el nombre y apellido del constituyente, pudiendo tener también un nombre de fantasía, sumado al de las actividades económicas que constituirán el objeto o el giro de la empresa y deberá concluir con las palabras “empresa individual de responsabilidad limitada” o la abreviatura “E.I.R.L.”
  3. El monto del capital que se transfiere a la empresa, la indicación de si se aporta en dinero o en especies y, en este último caso, el valor que les asigna;
  4. La actividad económica que constituirá el objeto o giro de la empresa y el ramo o rubro específico en que dentro de ella se desempeñará;
  5. El domicilio de la empresa, y
  6. El plazo de duración de la empresa, sin perjuicio de su prórroga. Si nada se dice, se entenderá que su duración es indefinida.

Por su parte en cuanto a las formas para poder constituirlas, es a traves del sistema de “empresa en un dia” o bien de la forma tradicional (escritura publica, para luego publicar un extracto en el Diario Oficial dentro de los 60 dias, y posterior inscripción en el Registro de Comercio)

En cuanto a la modificación de los estatutos de una EIRL, el art. 6 de la Ley 19.857 indica que “Toda modificación a las menciones señaladas en el artículo 4º, deberá observar las solemnidades establecidas en el artículo 3º. En el extracto deberá hacerse referencia al contenido específico de la modificación.

Responsabilidad del Empresario de la EIRL.

La regla general la da el art. 8º de la Ley 19.587: El titular de la empresa responderá con su patrimonio sólo del pago efectivo del aporte que se hubiere comprometido a realizar en conformidad al acto constitutivo y sus modificaciones. Esto ha sido objeto de controversia; sin embargo, se ha aceptado que prestaciones laborales o de seguridad social, responden tanto el patrimonio personal del empresario como el de la EIRL.

Responsabilidad de la EIRL respecto de terceros

La EIRL responde con sus bienes frente a terceros, bajo los siguientes dos supuestos:

  1. Que el acto o contrato, haya sido celebrado o ejecurado por el titular.
  2. Que el acto o contrato, se comprenda dentro del objeto del giro.

Destacamos ahora, que al ser la EIRL una persona jurídica distinta, los acreedores personales del Titular no tienen acción sobre los bienes de la empresa.

La responsabilidad ilimitada del propietario

Como dijimos, cabe tener presente que la regla general, es que el Titular responde de las obligaciones contraídas por la empresa dentro de la actividad desarrollada, hasta el monto de su aporte, al igual que en la Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Sin embargo, en casos excepcionales el empresario responderá tanto con su patrimonio personal, como con el de la EIRL, conforme al art. 12 de la Ley 19.857:

 Artículo 12.- El titular responderá ilimitadamente con sus bienes, en los siguientes casos:

    a) Por los actos y contratos efectuados fuera del objeto de la empresa, para pagar las obligaciones que emanen de esos actos y contratos;

    b) Por los actos y contratos que se ejecutaren sin el nombre o representación de la empresa, para cumplir las obligaciones que emanen de tales actos y contratos;

    c) Si la empresa celebrare actos y contratos simulados, ocultare sus bienes o reconociere deudas supuestas, aunque de ello no se siga perjuicio inmediato;

    d) Si el titular percibiere rentas de la empresa que no guarden relación con la importancia de su giro, o efectuare retiros que no correspondieren a utilidades líquidas y realizables que pueda percibir, o

    e) Si el titular, los administradores o representantes legales hubieren sido condenados por los delitos concursales regulados en el Párrafo 7 del Título IX del Libro II del Código Penal

Responsabilidad de las obligaciones y deudas de la EIRL

La empresa responde exclusivamente por las obligaciones contraídas dentro de su giro, con todos sus bienes.

Excepcionalmente cuando la sociedad esté en liquidación y sólo después que se paguen los acreedores de la empresa, podrán los acreedores personales del titular pagarse con las utilidades o con el remanente de éstas.

Administración de la EIRL

Las personas que pueden ejercer la administración de la EIRL son:

  1. El titular o administrador (el empresario): Por normativa, le pertenece la administración de la EIRL, y su representación legal.
  2. Designar un gerente general: El empresario puede designar a la figura de un administrador que permita ejercer facultades de administración inherentes al empresario. .
  3. Mandatario general o especial: El empresario individual, puede otorgar mandatos generales (amplios) o especiales (para gestiones determinadas) para el ejercicio de facultades de administración.

Término de las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada

Estas están establecidas en el art. 15 de la Ley 19.857:

  1. Por voluntad del empresario;
  2. Por la llegada del plazo previsto en el acto constitutivo;
  3. El aporte del capital de la empresa individual a una sociedad (vale decir, la transformación de esta)
  4. Por dictarse la resolución de liquidación (es decir, declararse en quiebra)
  5. La muerte del titular. Los herederos – en este caso – podrán designar un gerente común para la continuación del giro de la empresa hasta por el plazo de un año, al cabo del cual terminará la responsabilidad limitada.

Algunas consideraciones y aspectos Tributarios de las EIRL

Revisa este articulo, puede servir de guía en cuanto a la tributación. Por su parte, las microempresas familiares tienen algunas reglas especiales.

Ahora bien, un resumen de lo indicado es el siguiente:

A. La Tributación Empresarial (IDPC) es una opción que la EIRL utiliza en lugar del Impuesto Global complementario. Bajo este sistema, las tasas son:

  • 12,5% para el régimen Pyme.
  • 27% para el régimen general.

Esto representa una carga fiscal mucho más baja en comparación con el Impuesto Global Complementario (IGC) que se aplica a las personas naturales, el cual puede alcanzar hasta un 40%.

B. Reinversión de utilidades con beneficios fiscales La EIRL tiene la ventaja de poder reinvertir sus utilidades y disfrutar de beneficios como:

  • Una reducción del IDPC del 50%, lo que se traduce en una tasa efectiva de solo 6,25% en el régimen Pyme.
  • La exclusión del IGC mientras las utilidades no sean retiradas.
  • Descuento de gastos y depreciación de activos

Resumen de las ventajas de la EIRL

Estas son:

  1. Descontar todos los gastos necesarios para generar ingresos, como arriendos, servicios e insumos.
  2. Aplicar depreciación instantánea o acelerada a sus activos fijos.
  3. Separación patrimonial limitada: A diferencia de un Empresario Individual o Persona Natural, la EIRL permite separar el patrimonio personal del empresarial, limitando la responsabilidad únicamente al capital que se aporte. Esto significa que tus bienes personales están protegidos frente a las deudas del negocio. Facilidad para formalizar y operar
  4. No requiere socios.
  5. No exige un capital mínimo
  6. Se puede constituir fácilmente en línea (empresaenundia.cl).
  7. Ideal para inversión patrimonial e inmobiliaria Es una figura muy utilizada para gestionar inversiones en: – Bienes raíces. – Dividendos. – Criptomonedas u otros activos que generan ingresos pasivos.

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