En Chile, las injurias y calumnias están reguladas por el Código Penal. Estos son delitos contra el honor, y la legislación busca proteger la reputación y la dignidad de las personas. A continuación, se proporciona una breve descripción de las injurias y calumnias en Chile:

¿Que son las injurias y calumnias?

  1. Injurias (Artículo 416 del Código Penal): Se considera injuria toda expresión proferida o acción ejecutada que lesione la dignidad de otra persona. Este delito puede ser castigado con una pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio, y multa.
  2. Calumnias (Artículo 417 del Código Penal): La calumnia es la imputación falsa de un delito que dé lugar a la acción penal. Este delito se castiga con la misma pena que las injurias: presidio menor en sus grados mínimo a medio o una multa.

Estos delitos son de acción penal privada, conforme a los arts. 55, 400 y ss. del Codigo Procesal Penal, iniciando unicamente por querella.

Clases de injurias

  1. Injurias graves (art. 417 Numero 5): En el mismo art. 417 del CP se especifican modalidades similares. Se dividen según el lo establecido en el art. 418 del CP, esto es, si se han expresado o no, por escrito y con publicidad.
  2. Injurias leves (art. 419): Son aquellas hechas por escrito y con publicidad, que no se comprendan como “graves”.
  3. Injurias livianas (art. 496 N.o 11) son aquellas no hechas por escrito y con publicidad
    que no se comprendan como “graves” (Son una falta)

Otros Aspectos a considerar respecto de las injurias y calumnias

La injuria exige el denominado “animus injuriandi” , vale decir hechas con la intencion de injuriar. Además, si son hechas por escrito, se exige una condición para que puedan ser castigadas, requieren ser publicas.

Mientras que en las calumnias, no se exige un ánimo especial (animus Injuriandi), asimismo, en lo relativo a la exigencia del delito, este debe ser especifico.

Reglas comunes a la injuria y calumnia

  1. Escritura y publicidad. Es un parámetro común para establecer el marco penal (art. 422).
  2. Calumnias e injurias encubiertas: Esta es una clasificación efectuada en función del nivel de comprensión de los potenciales receptores: si lo puede ser “claramente”, es común u ordinaria (arts. 421 y 423) CP.
  3. Calumnias e injurias publicadas en el extranjero (art. 425 CP)
  4. Injuria y calumnia causada en juicio (art. 426 CP) See permite la aplicación paralela de los arts. 530 y 531 del Código Orgánico de Tribunales (que contiene facultades disciplinarias de los jueces) y de las sanciones penales por parte del ofendido. Se exige que haya finalizado el procedimiento que causó la injuria, suspendiéndose la prescripción (Art. 431 del CP).
  5. Se establece una limitación al ejercicio de la acción penal en estos casos (art. 427 CP).
  6. Existe regla que regula la “compensación” de injurias y calumnias recíprocas: Es una regla excepcional que puede conllevar la exención de toda pena (art. 430 CP).
  7. Prescripción: En estos delitos es de un año, desde el conocimiento de la ofensa.

Consecuencias Legales de las injurias y calumnias

Quienes son declarados culpables de cometer injurias y calumnias. pueden enfrentar sanciones que incluyen penas y multas. Además, la parte afectada tiene el derecho de interponer acciones civiles para obtener indemnización por los daños causados a su reputación.

Es importante destacar que la difamación en redes sociales y otros medios electrónicos también está sujeta a las mismas reglas. En un mundo cada vez más digital, las injurias y calumnias en línea son objeto de atención especial por parte de los Tribunales.

Lo anterior, cobra aplicacion en las denominadas funas.

Conclusiones:

En Chile, las injurias y calumnias son delitos que no se toman a la ligera. En definitiva, se busca proteger el honor y la reputación de las personas, reconociendo la importancia de mantener un equilibrio entre la libertad de expresión y la responsabilidad individual. Con el continuo avance de la tecnología y las redes sociales, es fundamental que la sociedad esté consciente de las implicaciones legales de difamar a otros, promoviendo así un entorno más respetuoso y ético.

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